La polémica ley ómnibus de Javier Milei, compuesta por más de 600 artículos, presenta aspectos notables que van desde la vestimenta peculiar de jueces con toga y martillo al estilo estadounidense hasta la redefinición del concepto de «gratuito» en eventos culturales, prohibiendo su uso y exigiendo aclaraciones sobre su financiamiento. La legislación aborda de manera inusual los divorcios al reconocer la validez verbal de la «voluntad de disolver el vínculo» entre cónyuges ante un órgano administrativo. En el ámbito cinematográfico, la ley permite subsidios sin calificación de calidad, incluso para el cine para adultos. Además, se desmantelan instituciones culturales clave y se golpea la cadena del libro al derogar la ley de precio uniforme, generando preocupación por la concentración de la venta en pocas manos. La imposición de un virtual estado de sitio, donde las reuniones y manifestaciones deben notificarse con 48 horas de antelación, añade una dimensión controvertida a esta propuesta del primer gobierno de extrema derecha elegido en Argentina.
La controvertida ley ómnibus propuesta por Javier Milei, con sus más de 600 artículos, no solo desata debates políticos, sino que también revela aspectos inusuales y, en ocasiones, pintorescos. Desde jueces con toga y divorcios sin abogados hasta el fin de los recitales «gratuitos», la legislación promete ser todo menos convencional.
El artículo 52 aborda las reglas judiciales, estableciendo que los jueces deben «vestir toga negra y utilizar un martillo para abrir y cerrar sesiones o resolver incidencias», emulando el sistema judicial estadounidense. La idea de extender esta indumentaria a abogados y fiscales, con la adición de pelucas al estilo británico, roza lo insólito.
El artículo 209 redefine el concepto de «gratuito» en eventos de «libre acceso», como los shows artísticos. Se prohíbe el uso de términos como «gratuito», exigiendo que se aclare que se trata de un servicio financiado con los tributos de los contribuyentes. La noción de «nunca un almuerzo es gratis» se traslada a la esfera pública.
En el artículo 352, la reforma del Código Civil y Comercial introduce un inciso al artículo 435, otorgando validez verbal a la «voluntad de disolver el vínculo» entre cónyuges ante el «órgano administrativo del último domicilio conyugal», con efectos equivalentes a un divorcio.
En el ámbito cinematográfico, el artículo 566 modifica la Ley de Fomento de la Actividad Cinematográfica Nacional, permitiendo que el Instituto de Cine subsidie películas de largometraje y coproducciones, sin especificar su calidad, dejando la puerta abierta incluso al cine para adultos.
En cultura, la ley desmantela el Fondo Nacional de las Artes y el Instituto Nacional del Teatro, y golpea fuertemente la cadena del libro al derogar la ley 25.542 de precio uniforme en libros. Este cambio podría afectar a las librerías, incapaces de competir con políticas de precios por debajo del mercado, concentrando la venta en pocas manos.
Finalmente, el artículo 333 establece un virtual estado de sitio al exigir que todas las reuniones o manifestaciones sean notificadas al Ministerio de Seguridad de la Nación con al menos 48 horas de antelación. El artículo 331 define «reunión» o «manifestación» como la congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público con fines de protesta.
Este es el peculiar horizonte que el primer gobierno de extrema derecha, elegido democráticamente, propone para la sociedad argentina, generando un escenario de debate y controversia.