La ley ómnibus de Milei propone suspender la fórmula de movilidad previsional.  Impacto en los Ingresos de los Jubilados

En una movida que ha generado preocupación entre los jubilados, el gobierno de Javier Milei presentó una ley ómnibus que contempla la suspensión de la fórmula de movilidad previsional actualmente en vigor. La ambiciosa propuesta, plasmada en el artículo 106 de la legislación, otorga al Poder Ejecutivo la facultad de «establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones», específicamente aquellas contempladas en el artículo 17 de la Ley N° 24.241.

El artículo en cuestión, que busca eliminar la normativa actual, plantea la creación de una nueva fórmula que debe tener en cuenta criterios de equidad y sustentabilidad económica, dejando en manos del Poder Ejecutivo la responsabilidad de su definición. Esta medida ha generado inquietud debido a la incertidumbre sobre cómo se llevará a cabo el ajuste de las prestaciones y qué impacto tendrá en los ingresos de los jubilados.

Pero la propuesta no se detiene allí. Según el mismo artículo 106, «hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder Ejecutivo Nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos». Esto implica que, temporalmente y por decreto, se podrán aplicar incrementos, pero solo para las jubilaciones más bajas, lo cual podría tener efectos de achatamiento en las jubilaciones más altas debido a la inflación.

La ley ómnibus propuesta por el gobierno de Milei afecta a la ley previsional aprobada en 1993, impactando en diversas prestaciones, incluyendo la prestación básica universal, la prestación compensatoria, el retiro por invalidez, la pensión por fallecimiento y la prestación adicional por permanencia.

Es importante destacar que la suspensión del artículo 32 de la ley actual tiene implicaciones directas en la movilidad de los haberes de las prestaciones correspondientes al Régimen de Reparto. Este artículo establece que los haberes serán móviles, ajustándose en función de las variaciones entre dos estimaciones consecutivas del AMPO, y prohíbe la disminución en términos nominales de los haberes respectivos.

La propuesta de modificar la fórmula de movilidad previsional ha generado un intenso debate y preocupación entre los sectores afectados, quienes esperan con atención los desarrollos legislativos y las posibles consecuencias para los jubilados.

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