Frenan cambios en indemnizaciones laborales: la Justicia declara inconstitucional su aplicación retroactiva

Dos fallos en Córdoba y La Plata cuestionan un punto clave de la reforma laboral y advierten sobre el impacto en los derechos de trabajadores con juicios en curso

La Justicia laboral sumó en los últimos días decisiones de fuerte impacto contra un aspecto central de la reciente reforma laboral: la modificación del cálculo de indemnizaciones en causas ya iniciadas. Tribunales de Córdoba y de la ciudad de La Plata coincidieron en declarar inconstitucionales los artículos que buscaban aplicar retroactivamente un nuevo esquema de actualización de créditos laborales.

Las resoluciones judiciales marcaron un límite claro: los cambios normativos no pueden afectar de manera negativa a trabajadores que ya tenían litigios en trámite, especialmente si implican una reducción del valor real de las indemnizaciones.

Dos fallos en la misma línea

El primer antecedente surgió en Córdoba, donde un juez laboral rechazó el mecanismo previsto por la nueva legislación para recalcular montos en juicios previos a su entrada en vigencia. En su decisión, dispuso que debía mantenerse el sistema anterior, más favorable para el trabajador, al considerar que la nueva fórmula implicaba una quita significativa en términos reales.

Pocos días después, el Tribunal de Trabajo N° 3 de La Plata se pronunció en el mismo sentido al analizar un caso concreto. Allí, los magistrados declararon inconstitucional el artículo 55 de la ley 27.802, que modificaba el modo de actualizar las indemnizaciones laborales en expedientes en curso.

El eje del conflicto: la retroactividad

El punto más cuestionado por los jueces fue la intención de aplicar el nuevo cálculo de manera retroactiva, es decir, a juicios que ya estaban iniciados antes de la sanción de la norma.

Según los tribunales, esta decisión vulnera principios constitucionales básicos. En particular, señalaron que se afecta el derecho de igualdad ante la ley y la protección del trabajador consagrada en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

Además, advirtieron que el nuevo esquema podía implicar una “infra actualización” de los créditos laborales, es decir, una pérdida del poder adquisitivo de las indemnizaciones frente al avance de la inflación.

Impacto económico y jurídico

Uno de los argumentos centrales de las sentencias es que el cambio en la fórmula de cálculo podría reducir de manera significativa los montos a percibir por los trabajadores. En algunos casos, las diferencias entre el sistema anterior y el nuevo podían oscilar entre un 20% y un 60%.

Para los magistrados, trasladar ese costo al trabajador —especialmente cuando el incumplimiento original corresponde al empleador— resulta incompatible con el orden constitucional.

En esa línea, sostuvieron que la inflación y la demora en el pago deben ser asumidas por quien incumple la obligación, y no por quien reclama judicialmente.

Un precedente que puede multiplicarse

Aunque se trata de fallos de primera instancia, las decisiones de Córdoba y La Plata abren la puerta a una ola de impugnaciones en todo el país. Especialistas en derecho laboral coinciden en que otros tribunales podrían seguir el mismo criterio, generando un escenario de fuerte litigiosidad.

El debate, además, podría escalar hacia instancias superiores si se consolidan criterios contradictorios o si la cuestión llega a la Corte Suprema.

Por lo pronto, las resoluciones ya representan un freno relevante para la aplicación inmediata de la reforma en uno de sus aspectos más sensibles: el cálculo de las indemnizaciones en juicios en trámite.

Un debate abierto

El trasfondo del conflicto excede lo técnico y se inscribe en una discusión más amplia sobre los límites de las reformas laborales. En particular, sobre hasta qué punto el Estado puede modificar reglas de cálculo que afectan derechos ya en discusión judicial.

Con estos fallos, la Justicia dejó en claro que la retroactividad en perjuicio del trabajador encuentra un límite en la Constitución, y que cualquier intento de reducir indemnizaciones mediante cambios normativos deberá superar ese control.

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