Un fallo del juez federal de Campana dio cinco días hábiles al Poder Ejecutivo para implementar la ley aprobada por el Congreso. Si no hay cumplimiento, podrían aplicarse multas personales a funcionarios y abrirse causas penales por desobediencia.
La discusión por la emergencia en discapacidad sumó un nuevo capítulo judicial. El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, ordenó al Gobierno nacional que cumpla de manera inmediata con la Ley de Emergencia en Discapacidad y fijó un plazo de cinco días hábiles para su ejecución efectiva en todo el país. En caso de incumplimiento, el magistrado anticipó que avanzará con sanciones económicas contra funcionarios de primera línea y no descartó eventuales denuncias penales.
La resolución alcanza, entre otros, al jefe de Gabinete, Manuel Adorni; a la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello; y al titular de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), Alejandro Vilches. Según el fallo, si la orden judicial no es acatada, se podrán aplicar astreintes, es decir, multas personales destinadas a forzar el cumplimiento de una sentencia firme.
Un decreto invalidado y una ley plenamente vigente
El conflicto se originó luego de que el Poder Ejecutivo intentara frenar la aplicación de la norma mediante el decreto 681/2025, argumentando que el Congreso no había definido las fuentes de financiamiento. Sin embargo, el 12 de diciembre pasado, González Charvay declaró inválida esa medida y dejó en claro que la ley debía ejecutarse sin condicionamientos.
Desde el sector de prestadores destacaron la importancia de esa decisión. “Este paso confirma que no existe algo así como una ley suspendida”, remarcaron, al señalar que una vez promulgada, la norma es obligatoria para el Ejecutivo.
En la misma línea, el abogado Diego Armesto, representante legal de los prestadores, explicó que la sentencia dispuso el cumplimiento inmediato. “Una vez notificado el fallo, el Estado nacional queda automáticamente obligado a atender el reclamo del colectivo alcanzado. No hay fundamento jurídico que habilite a ignorar la orden judicial”, sostuvo.
Pedido de ejecución y posibles multas
Ante la falta de avances concretos, organizaciones vinculadas a la discapacidad solicitaron la ejecución formal de la sentencia. También reclamaron que, si persiste la resistencia oficial, se activen las sanciones previstas. Armesto precisó que las astreintes funcionan como un mecanismo de presión tanto económica como psicológica para garantizar el respeto a las decisiones judiciales.
Por el momento, esas multas aún no fueron aplicadas, pero podrían comenzar a regir a partir del 1 de febrero si el Gobierno no cumple con lo ordenado.
Una ley aprobada, vetada y finalmente ratificada
La Ley de Emergencia en Discapacidad fue sancionada por el Congreso en julio del año pasado y declara la emergencia del sector hasta diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga hasta fines de 2027. El presidente Javier Milei vetó el proyecto, pero el veto fue rechazado por ambas cámaras, lo que obligó al Ejecutivo a promulgar la norma.
Aun así, el Gobierno intentó frenar su implementación con el decreto que luego fue anulado por la Justicia. En su defensa, sostuvo que aplicar la ley sin partidas específicas podía afectar otras áreas del Estado y que cualquier reasignación presupuestaria debía ser definida por el Congreso. Esos argumentos fueron descartados por el juez, quien recordó que, tras el rechazo del veto, la Constitución impone al Ejecutivo el deber de cumplir la ley tal como fue sancionada.
El impacto en un sector en crisis
Mientras el conflicto judicial se prolonga, la situación económica de los prestadores de servicios se agrava. Según referentes del sector, en el primer año y medio de la actual gestión perdieron alrededor de 120 puntos de poder adquisitivo. Esa pérdida fue uno de los motivos centrales que impulsó la presentación del proyecto de emergencia.
Martín, responsable de una institución de educación especial con más de tres décadas de trayectoria familiar, describió un escenario crítico. “Desde el último aumento, en octubre del año pasado, hasta septiembre estuvimos trabajando con apenas el 30% de los costos reales”, explicó. En su establecimiento, los estudiantes permanecen ocho horas diarias y reciben desayuno, almuerzo y cena. Por todo ese servicio, la institución percibe 3.099 pesos diarios por alumno. “Atendemos a 250 chicos. En estas condiciones, es imposible sostenerse”, afirmó.
A esa ecuación se suma un retraso de hasta 60 días en los pagos, lo que implica absorber además la inflación acumulada de dos meses.
Aumentos insuficientes y pagos demorados
En octubre de 2025, el Gobierno dispuso una actualización del nomenclador que utilizan las obras sociales. Para el área de educación especial, los incrementos fueron del 12% en octubre, 8% en noviembre y 7% en diciembre, lo que representa un aumento acumulado del 29%. Sin embargo, esos valores recién comenzarían a impactar en marzo, debido a las demoras administrativas.
Martín advirtió que la educación especial tiene costos estructurales más altos que otras modalidades. “No trabajamos solo con docentes. Cada curso cuenta con un equipo psicopedagógico amplio, dos docentes por aula y una estructura administrativa compleja, porque el vínculo es con obras sociales y no directamente con las familias”, detalló.
Un plazo que corre
Con el nuevo fallo, la cuenta regresiva ya está en marcha. Si en los próximos días el Ejecutivo no pone en funcionamiento la ley de emergencia, la Justicia avanzará con sanciones personales contra los funcionarios responsables. Para el colectivo de personas con discapacidad, sus familias y quienes brindan los servicios, el cumplimiento del fallo no es solo una cuestión legal, sino una respuesta urgente a una crisis que se profundiza día tras día.