El jueves 1° de mayo, fecha emblemática para la clase trabajadora en todo el mundo, trajo consigo un día de descanso. Pero la atención ahora se dirige al viernes siguiente: ¿es también una jornada libre? ¿Qué derechos tienen los empleados si deben trabajar?
La respuesta está en el calendario oficial de feriados difundido por el Ministerio del Interior para este 2025. Allí se indica que el viernes 2 de mayo fue declarado “día no laborable con fines turísticos”, una categoría distinta a la de los feriados nacionales. La medida, que también abarca el 15 de agosto y el 21 de noviembre, se formalizó mediante el decreto presidencial 1027/2024, que busca fomentar la actividad turística en épocas de menor demanda.

A diferencia de los feriados tradicionales, los días no laborables no obligan a las empresas a suspender sus actividades. La decisión queda en manos del empleador, quien puede optar por otorgar el día libre o requerir la asistencia habitual de sus trabajadores. Por eso, si bien algunas personas podrán disfrutar de un fin de semana extendido, otras deberán concurrir a sus lugares de trabajo con normalidad.
Respecto a la compensación económica, la legislación argentina es clara. Los empleados que trabajen durante un feriado nacional deben recibir el pago de una jornada doble, como establece la Ley 20.744. En cambio, si se presta servicio durante un día no laborable, como este 2 de mayo, no corresponde ningún pago adicional ni se considera una obligación laboral excepcional.
Así, el viernes posterior al Día del Trabajador ofrece un descanso opcional que dependerá del rubro y del empleador. Para muchos, será una oportunidad para una escapada o para prolongar el descanso; para otros, un día laboral como cualquier otro.