En el marco de una serie de cambios que se implementarán en 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció que los contribuyentes ya no deberán abonar las multas deudas fiscales de más de 5 años de antigüedad. Este cambio, que sustituye la normativa de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), busca ajustar la manera en que se gestionan las sanciones fiscales, ofreciendo alivio a aquellos con deudas más antiguas.
La nueva legislación establece que las deudas con un vencimiento de 5 años o más no serán objeto de cobro, lo que se aplica desde el 1 de enero de 2025. El periodo de prescripción comienza a contar desde el 1 de enero del año siguiente al vencimiento de pago, lo que permitirá a los contribuyentes con deudas de abril de 2024 no tener que abonar esos montos hasta diciembre de 2030.
Sin embargo, el nuevo organismo recaudador podrá aplicar sanciones dentro de ese plazo si considera que el contribuyente cometió infracciones graves, por lo que la posibilidad de nuevas multas dentro del periodo de 5 años sigue vigente. Además, se extiende a 10 años el plazo de prescripción de las multas impositivas para los contribuyentes no inscriptos, con un procedimiento previo a este plazo para los monotributistas.
Otro cambio relevante es el ajuste en las tasas de interés aplicables a las deudas pendientes. Los intereses resarcitorios aumentarán del 6,41% al 7,47%, mientras que los intereses punitivos subirán del 7,39% al 8,62%. Esto implica que los intereses diarios para deudas no saldadas serán de 0,249% y 0,237%, respectivamente, lo que podría incrementar el monto final de la deuda.
El anuncio también anticipa que ARCA aplicará penalidades más severas en comparación con otras instituciones financieras para las deudas impagas, lo que refuerza la nueva estrategia fiscal del organismo.