El Gobierno ha establecido los nuevos criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento, un avance significativo en el sistema de entrega de credenciales para personas con discapacidad. Esta medida, implementada en enero, busca garantizar un acceso pleno y permanente a los derechos de estas personas, facilitando los trámites y proporcionando un acompañamiento constante por parte del Estado.
Mediante la Resolución 1654/2024 de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), publicada recientemente en el Boletín Oficial, se detallan los requisitos necesarios para la obtención del CUD sin vencimiento. La normativa subraya la importancia de simplificar y desburocratizar los procedimientos, asegurando transparencia en la certificación y una actualización constante de los datos de las personas certificadas.
«Para garantizar que las personas con discapacidad tengan pleno acceso a sus derechos, es fundamental simplificar y desburocratizar los trámites, proporcionando transparencia en los procedimientos de certificación, y asegurando el acompañamiento permanente del Estado, incluyendo la actualización sistemática de datos de personas certificadas, para un seguimiento continuo y adecuado de sus necesidades y sus derechos», señala la norma.
Este cambio representa un paso crucial hacia una mayor inclusión y apoyo a las personas con discapacidad, asegurando que el sistema de certificación sea más accesible y eficiente.
Los criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad sin vencimiento
- Renovaciones previas: personas que al momento de la evaluación tengan emitidos previamente 2 certificados de discapacidad, cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana se mantenga constante a lo largo del tiempo, haciendo hincapié en el calificador de capacidad del componente Actividad y Participación (CIF).
- Persona mayor: personas que al momento de la evaluación tengan más de 60 años y mantengan sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos 5 años.
- Necesidad de equipamiento permanente: personas que al momento de la evaluación requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar las funciones vitales.
Además, en el anexo de la normativa se especifica que «se podrá solicitar la actualización del CUD cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad que impida su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás».
¿Quiénes pueden solicitar el CUD?
Cualquier persona con una alteración funcional, permanente, transitoria o prolongada, física, sensorial o mental, que implique desventajas considerables para su adecuada integración familiar, social o laboral puede pedir el CUD. Esa alteración puede estar vinculada a distintas áreas:
- Intelectual y Mental
- Visual
- Motor
- Auditivo
- Respiratorio
- Cardiovascular
- Renal urológico
- Digestivo / Hepático
¿A qué derechos permite acceder el CUD?
- Cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos).
- Traslados gratuitos en el transporte público terrestre.
- Ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad, asignación por cónyuge con discapacidad.