La Secretaría de Obras Públicas ha aprobado una significativa modificación en el esquema de facturación de servicios de agua para edificios que cuentan con medidores globales. Según lo establecido en la resolución 641/2023, recientemente publicada en el Boletín Oficial, las concesionarias de servicios de agua ahora tienen la autorización para cobrar a los usuarios de forma individual bajo el régimen tradicional no medido en edificios con medidores globales.
Esta nueva medida permitirá a los usuarios contar con un cargo individual calculado según los criterios y parámetros del régimen no medido, brindando una mayor flexibilidad en la facturación del consumo de agua. En este contexto, se destaca que la posibilidad de facturación individual será «voluntaria, optativa y reversible», lo que brinda a los usuarios la libertad de elegir el esquema que mejor se adapte a sus necesidades y preferencias.
En el marco de estos cambios, se establece también la opción de emitir un cargo variable medido complementario al consorcio en casos específicos. Esto ocurrirá si el consumo registrado por el medidor global supera la suma de los consumos equivalentes de las facturas individuales del edificio. Es decir, se busca equilibrar la facturación global en aquellos casos en los que el consumo colectivo excede los límites establecidos por las facturaciones individuales.
Cabe destacar que esta modalidad de facturación individual o unificada estará disponible para los edificios que cuenten con un único medidor. La resolución subraya que la implementación de estas modificaciones tiene como objetivo principal proporcionar una «mejora para los usuarios y usuarias del servicio».
Estos cambios representan un paso importante en la adaptación de los servicios de agua a las necesidades cambiantes de la sociedad, brindando opciones más flexibles y personalizadas para los usuarios en la gestión y el pago de sus consumos.